Por las consideraciones que anteceden este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara el divorcio y, por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos EDUARDO SUAREZ SANCHEZ y BEYSI RAMONA LINAREZ mayores de edad, venezolano el primero y española la segunda de los cónyuges y titulares de las Cédulas de Identidad Nros E-81.523.434 y V-6.468.755 respectivamente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintinueve (29) días del mes Noviembre de dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
EL JUEZ,
ABOG. LUIS RODOLFO HERRERA