Visto los anteriores Escrito de Pruebas presentados en fecha 05 y 07 de Diciembre de 2012, por el Ciudadano GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 144.251, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS TRANSBANCA, C.A., parte demandada en el presente juicio; y el Ciudadano JOSE ANTONIO VELÁSQUEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.851, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil IGLECOL AIR SERVICES IASCA, C.A., parte demandante en el presente juicio. Asimismo, visto el Escrito de Oposición a las Pruebas, presentado en fecha 01 de Marzo de 2013, por el Ciudadano GABRIEL ALEJANDRO GONZÁLEZ, anteriormente identificados, el Tribunal observa:
Con relación a la oposición a la admisión de pruebas promovidas por la parte actora, presentada por la representación judicial de la parte demandada en fecha 01 de Marzo de 2013, este Tribun.....