DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 18.437.625,00), que comprende el doble de la suma que a su pago se demanda, o sea, la suma de OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 8.194.500,00), mas las costas procésales calculadas por el Tribunal en DOS MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 2.048.625,00), con la advertencia que si el embargo recae sobre cantidades líquidas será hasta por la suma de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (BS. 2.243.125,00).- Para la práctica de la medida decretada se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que por distribución corresponda, con fac.....