SIN LUGAR la Cuestión Previa establecida en el ordinal Sexto (6°) del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa al defecto de forma de la demanda, propuesta por el abogado ARMANDO MANZANILLA, defensor judicial Ad-Litem de la parte demandada; la Sociedad Mercantil GRUPO PROMOINVEST, C.A.; SEGUNDO: la continuidad del Proceso de conformidad al Artículo 358, ordinal 2°, del Código de Procedimiento Civil.-