En virtud de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: ÚNICO: Aceptada la Herencia bajo Beneficio de Inventario a favor de los Ciudadanos: Oleg Alexander Danilow Ron y Natacha Carolina Danilow Ron, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédula de Identidad número V- 15.586.789 y V-14.261.880, respectivamente, sobre los bienes dejados por la causante; Ciudadana: María Josefina Ron Barcenas.-