En la Acción de Amparo Constitucional, intentada por la ciudadana MARIA GRIFFITH, contra el Ciudadano VÍCTOR HOOVER, se dictó decisión mediante la cual se DECLARÓ PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional ejercida por la Ciudadana MARIA GRIFFITH, en consecuencia: se ordenó al Ciudadano VÍCTOR HOOVER, restituir el uso, goce y disfrute de los servicios básicos de energía eléctrica, agua y gas de forma inmediata, en el inmueble arrendado a la Ciudadana MARIA GRIFFITH SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de remitir al Ministerio Público la decisión, a objeto de que se inicie la averiguación pertinente vista la comisión del delito tipificado en el artículo 270 Código Penal; por cuanto este tipo de disposición legal es de competencia netamente Penal, y no está atribuido a la Jurisdicción Civil, ya que contempla una tipificación punitiva.