En Fuerza de todo lo anteriormente señalado, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana MARY CARMEN ROJAS MORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y sin documento de identidad e hija natural de los ciudadanos Nalcide Argenis Rojas Suárez y Carmen Maria Mora Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.939.358 y V-7.632.018, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena insertar en el Registro correspondiente.