se ADMITEN, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, dejando a salvo la apreciación que de ella se haga en la definitiva.-
Con relación al Capitulo VI, del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte demandante, este Tribunal ordena oficiar a la Entidad Financiera Banesco Banco Universal, anterior agencia ubicada en la Av. Universidad, Esquina El Chorro, ahora continúa siendo la misma dirección, a fin de que informe a este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, bien por escrito, o bien por copia certificada, sobre lo solicitado en el Capitulo VI numeral 1, del escrito de promoción de pruebas presentado por la Representación Judicial de la parte actora, que en copia certificada se anexará al Oficio.
Con relación al Capitulo VI, del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte demandante, este Tribunal ordena oficiar a la Entidad Financiera Mercantil Banco Univers.....