DECLARA: INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional intentada por los Ciudadanos JORGE LUÍS CORVERA PARIONA y LUTGARDO AGDULIO PORTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 24.287.812 y V- 23-610.232, en contra del Ciudadano José Arcadio Villareal, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.003.354, de conformidad con el artículo 6 ordinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-