En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SE CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el Territorio Nacional a la decisión emanada del Juzgado de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN No. 4 DE CÁCERES, en España, de fecha 22 de Septiembre de 2021, que declaró disuelto el matrimonio existente entre los ciudadanos: JENNIFER YANEZ ISASTI y ALEXANDER JOSÉ BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.556.791 y 11.944.306, respectivamente, la primera domiciliada en la provincia de Cáceres, Extremadura, España y el segundo en Caracas República Bolivariana de Venezuela.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo .....