PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de regulación de la competencia interpuesta en fecha 23 de mayo de 2012, por el abogado LUIS ANDRES FUENMAYOR, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, institución financiera BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sentencia dictada en fecha 21 de mayo de 2012, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda revocada, en consecuencia, el prenombrado órgano judicial deberá proceder a la admisión de la demanda, sin más dilaciones.
SEGUNDO: Por la naturaleza de lo decidido, no hay especial condenatoria en costas.