En síntesis, este juzgador estima que el Juez inhibido emitió pronunciamiento en la acción mero-declarativa de unión estable de hecho in comento, decisión que fue anulada por el Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, por lo que se aparta al Dr. Ángel Vargas Rodríguez de conocer dicho juicio, y en consecuencia debe prosperar en derecho la inhibición planteada, y así se dispondrá de manera expresa, positiva y precisa en la sección dispositiva de este fallo judicial. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.