En atención a lo narrado y dadas las circunstancias fácticas preindicadas, en opinión de este Juzgador no hay duda de la incompetencia subjetiva manifiesta que presenta la Dra. INDIRA PARÍS BRUNI en su condición de Juez Provisoria del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, para conocer y decidir el juicio por recusación que generó esta incidencia, por lo tanto, la presente inhibición debe prosperar en derecho. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
III
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada el día 8 de febrero de 2017, por la Dra. INDIRA PARÍS BRUNI en su condición de Juez Provisoria del Juzgado Superior Primero en l.....