En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: HOMOLOGA la transacción judicial y desistimiento suscrito en fecha 3 de julio de 2012, entre el abogado ERNESTO ESTÉVEZ GARCÍA en su condición de apoderado judicial de la demandada FUNDACIÓN UNIVERSIDAD METROPOLITANA, y la abogada LILIAM FORTUNA BENSAYAN LÓPEZ actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandante sociedad mercantil C.I.E.C. CENTRO INTERNACIONAL DE EXPOSICIONES DE CARACAS, S.A., todos identificados ut supra, en los mismos términos expuestos en el aludido escrito, de conformidad con los artículos 1.713 del Código Civil en concordancia con los artículos 255, 256, 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por Secretaría copia certificada de la .....