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Decisiones del dia 06/07/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP71-R-2013-000630 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
RODRIGUEZ RIVAS ROZIRI GRISSEL CONTRA HURTADO PUERTA MARIA ISABEL
Resumen:
En consecuencia, se observa que el libelo fue presentado en fecha 12 de febrero de 1999, y conforme a lo establecido en los artículos 31 y 33 del Código de Procedimiento Civil, la demanda arroja la cantidad de ONCE MILLONES CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 11.160.000,00), que equivalen en la actualidad a la cantidad de ONCE MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. F. 11.160,00), observándose que para dicha fecha, la cuantía que se exigía para acceder a casación, tal y como se desprende del extracto jurisprudencial ut supra trascrito, era la que excediera de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000), que equivalen en la actualidad a la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 5.000,00), de conformidad con el Decreto Presidencial Nº 1.029, vigente a partir del día 22 de abril de 1996, todo lo cual conlleva a establecer que en el sub iudice, se cumple con el precitado requisito de la cuantía, en consecuencia, este Juzgado Superior Segundo ADMITE el recurso de casación anunciado por la re.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-S-2013-000067 N° Sentencia : Fecha: 06/07/2015
Procedimiento:
Exequatur
Partes:
GABRIEL IGNACIO CARDIER ACCONCIAGIOCO
Resumen:
Ahora bien, no cualquier actuación lleva consigo la interrupción de los lapsos aludidos, debe tratarse de actos de procedimiento que demuestren la voluntad de activar el proceso hacia su destino final, que se realizará con la sentencia. En el subjudice aprecia la Sala del análisis practicado sobre el texto de la recurrida, trascrito supra, que la demandante abandonó a su suerte el proceso ya que en el transcurso de más de un año no compareció ante el juzgado del mérito a efectos de darle el impulso necesario que impidiera el efecto sancionatorio de la perención. Afirmación que tiene su apoyo en lo reseñado por la sentencia de la alzada donde se expresa que entre las fechas 5/5/1999 y 8/8/2000, no se efectuó ninguna actuación en el expediente, siendo esta última una diligencia suscrita por la representación de la demandante mediante la cual solicita al a quo que requiriese del comisionado las compulsas remitidas a éste para fines de la citación de los co-demandados. Actuación por de.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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