III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado CLARO RAFAEL GALLARDO en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, ciudadano JESÚS HURTADO CARRASQUEL, contra el auto dictado en fecha 14 de agosto de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó oír la apelación ejercida en fecha 7 de agosto de 2015 por esa representación, contra el auto dictado el 4 de agosto de 2015, en el juicio por prescripción adquisitiva seguido por el mencionado ciudadano, expediente signado con el Nº AP11-V-2014-000484 (nomenclatura.....