Como consecuencia de lo anterior, siendo el caso que se encuentra demostrado del expediente que la parte actora posee una sobrada necesidad de habitar el inmueble del cual es propietaria, es por lo que resulta forzoso para quien aquí decide el declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada y con lugar la demanda de desalojo interpuesta conforme a la causal 2º del artículo 91 de la Ley para la Regulación y control de los Arrendamientos de Vivienda, con la motivación explanada a lo largo del presente fallo, lo cual será expuesto de forma positiva y precisa en la parte dispositiva de la sentencia. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
V
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le co.....