–VI–
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (En sede constitucional), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de julio de 2023, por la ciudadana MARÍA LISETTE JIMÉNEZ MOUNICOU, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.166, actuando en su carácter de apoderada judicial del presunto agraviado, contra la decisión de fecha 27 de julio de 2023, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el presunto agraviado, ciudadano JOSÉ PAULO QUINTA DE SOUSA contra la Sociedad Mercantil C.A. DE SEGUROS LA INTERNACIONAL, presunta agraviante, ambas partes.....