–IV–
DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación incoada por la representación judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 19 de septiembre de 2022, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se establece. SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD DE LA PARTE ACTORA, alegada como defensa de fondo por la representación judicial de la parte demandada. Así se decide. TERCERO: IMPROCEDENTE LA SUSPENSIÓN DE LA CAUSA, invocada por la representación judicial de la parte actora. Así se establece. CUARTO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 19 de septiembre de 2022.....