El presente caso, ha sido alegado por la parte supuestamente agraviada que con la inminente ejecución de la referida sentencia, se vulneran sus derechos constitucionales relacionados con el debido proceso, el derecho a la defensa, derecho de propiedad y tutela judicial efectiva.
Los razonamientos antes expuestos, llevan al Tribunal a considerar, que en el caso que le ocupa, a fin de prestar una tutela preventiva e idónea, y tomando en cuenta que la presente decisión tiene carácter eminentemente provisional y que seguirá en todo caso la suerte de la sentencia de mérito que se dicte, es por lo que decide, por vía cautelar, tal y como ha sido dispuesto en la Jurisprudencia citada, decretar como en efecto se decreta la medida cautelar innominada solicitada, y en consecuencia, se decreta la suspensión provisional de la ejecución de la transacción suscrita en fecha 9.8.2006 y homologada el 11.8.2006, en el juicio por cobro de bolívares (vía ejecutiva) sustanciado por el Juzgado Quinto .....