Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
1.- ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por la sociedad de comercio REPUBLIC INTERNATIONAL BANK, N.V., (antes denominada BANCO CARACAS N.V.), institución financiera domiciliada en Curazao y constituida según las leyes de las Antillas Neerlandesas originalmente en fecha 15 de junio de 1998, y cambiada su denominación social por la actual en fecha 6 de junio de 2007, según consta en acta notariada ante el Notario Mr. A.M.P., Eshuis, Curazao Antillas Neerlandesas, y JUAN CARLOS MALDONADO BERMÚDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.683.384, mediante apoderado judicial, MÁXIMO N. FEBRES SISO, venezolano, abogado en ejercicio, mayor de edad, domiciliado en Caraca.....