CAPITULO III
En atención a las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado OLIVER VALDERRAMA MEJIA en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VIKIN KERDANOGHLI, en contra del Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en la causal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone multa de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) al recusante, que deberá ser acreditada ante el tribunal de la causa.
TERCERO: Remítase el presente expediente al Juzgado antes me.....