V
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el abogado HERNAN SEMPRUM SALGADO actuando en su condición de apoderado judicial de los accionantes ciudadanos JOSÉ CARLOS MARTÍN y CARMEN ELENA GUTIÉRREZ, contra el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no se produce condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 eiusdem.
Expídase por Secretaría copia certificada del presente fallo, a los fines de su archivo en el copiador de se.....