–VI–
DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de marzo de 2023, por la abogada LILINA NÚÑEZ COA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.537, apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de de Caracas, en fecha 28 de febrero de 2023, mediante la cual se declaró CON LUGAR la cuestión previa opuesta, contenida en el ordinal 9º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y su aclaratoria de fecha 03 de marzo de 2023, ésta que estableció que la fecha de aquella debe entenderse como 03 de marzo d.....