De lo antes expuesto, y luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, especialmente de la sentencia dictada en fecha 15.3.2010, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (f. 1 al 32), se debe concluir que en el presente juicio el interés principal del juicio para la fecha de interposición y admisión de la demanda, así como las cantidades demandadas en dinero arrojando un aproximado de Bs. 69.887.033,42 de la referida sentencia, se observa que para dicha fecha, la unidad tributaria estaba fijada en veintinueve mil cuatrocientos bolívares (Bs. 29.400), por lo que la estimación de la demanda ejercida era de 2.377,10 Unidades Tributarias, resultando que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 20 de mayo de 2004, en su artículo 18, exigía como requisito indispensable.....