En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la parte demandada, ciudadanos MILAGROS DEL VALLE GALEANO NAVARRO y GERSON OVIDIO GALEANO NAVARRO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nos. V-13.303.618 y V-14.984.221, respectivamente, debidamente asistidos por el defensor judicial HENRY SANABRIA NIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.596, contra la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, en fecha veinte (20) de diciembre de 2019, en consecuencia, se CONFIRMA la misma. Así se decide. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de DESALOJO POR NECESIDAD DE USO DEL INMUEBLE intentad.....