La motivación expuesta por la casación civil es aplicable, mutatis mutandi, a este caso, en tanto que, la primera instancia ha debido considerar que la codemandada, sociedad mercantil PROMOTORA COSTA DEL MAR, C.A., se alzó contra la determinación pericial establecida por los peritos ciudadanos EDGAR CONTRERAS y EDDY JOSE LARA GONZÁLEZ, en fecha 5 de febrero de 2013, conforme lo permite el artículo 249 del Código Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena al juzgado a quo pronunciarse sobre el recurso ejercido y darle el tramite de ley, esto es la apelación ejercida por la codemandada sociedad mercantil PROMOTORA COSTA DEL MAR, C.A., en fecha 18 de febrero de 2013, puesto que se evidencia paladinamente su voluntad de recurrir tal determinación, y así se ordenará en forma expresa, positiva y precisa en la parte in fine de este fallo. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.