La motivación expuesta por la Sala de Casación Civil es aplicable, mutatis mutandi, a este caso, en tanto que al ser la experticia ordenada parte complementaria del fallo y al no haberse ejercido recurso alguno contra la misma, entonces ambos quedan definitivamente firme, pasado en autoridad de cosa juzgada, por lo que el recurso de apelación ejercido debe ser declarado sin lugar y así se dispondrá en forma expresa y positiva en la parte in fine. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
III
DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 25 de junio de 2014, por el abogado ALEJANDRO JOSÉ FLORES DE CASTRO en su carácter de apoderado judicial de l.....