V
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana NARDA ARELIS ROMERO PEÑALOZA representada por CARLOS LUIS PAZ VILLEGAS, en contra de la sentencia dictada en fecha 25 de julio de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la pretensión de amparo constitucional propuesta por la precitada ciudadana, la cual queda confirmada.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Se ordena expedir copia certificada de la presente decisión, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civ.....