III
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 7 de junio de 2013, por el abogado FÉLIX BRAVO MAYOL en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada AMIRA TAHHAN DE MAZLOUM, YULIA MAZLOUM TAHHAN y MARILOU MAZLOUM TAHHAN contra la decisión proferida en fecha 5 de junio de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual queda confirmada con la motivación aquí expuesta.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de reponer la causa al estado de reforma de la demanda y nueva admisión reforma de la misma, peticio.....