En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada el día 15 de mayo del 2015, por la Dra. MARISOL ALVARADO RONDÓN en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, se le aparta del conocimiento del juicio por NULIDAD DE ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS incoado por el ciudadano EMILIO BALI ASAPCHI contra la sociedad mercantil PROMOTORA TIANO-QUEL, S.R.L., y la ciudadana GLADYS BALI, en el expediente signado con el No. AP71-R-2012-000088.
SEGUNDO: En acatamiento a la sentencia Nº 1175 de fecha 23 de noviembre de 2010, proferida por la Sala Constitucional.....