–VII–
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Segundo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.)- Que es competente para conocer y decidir la regulación de la competencia, planteada por la parte demandada, mediante cuestiones previas en la oportunidad de dar su contestación de la demanda, ante el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en virtud del trámite del juicio de rendición de cuentas sustanciado ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la misma Circunscripción Judicial. 2.)-IMPROCEDENTE la acumulación por conexión, solicitada por la representación judicial de la parte demandada, en consecuencia, se confirma la competencia del JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA IN.....