En conclusión, considera quien aquí decide que están cubiertos los requisitos para la procedencia del desalojo peticionado por la parte actora, en razón de darse los tres requisitos concurrentes como lo son: el accionante es el propietario del inmueble, la existencia de un contrato de arrendamiento y que en virtud de la experticia realizada por los peritos designados por el a quo, luego del estudio técnico por ellos efectuado, que existe una serie de deficiencias en el techo del inmueble objeto de la relación arrendaticia, donde se evidencia que el inmueble se encuentra en deterioro en su estructura, específicamente el techo, y según la opinión de los expertos se deben hacer unas reparaciones tanto en la estructura como en las láminas del techo de la planta alta, por lo cual para este jurisdicente considera que estamos en presencia de una reparación mayor que amerita el desalojo en un lapso de tiempo prolongado para poder dejar en perfecto estado el inmueble.
Por otra parte, en .....