IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE REPONE la causa, al estado de que sea practicada validamente la citación de la parte demandada y se declara NULA la actuación de fecha 06 de noviembre de 2002, y las actuaciones subsiguientes al acto irrito, mediante el cual pretendió darse por intimado el apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSONES FOOTWEAR 1010, C.A. En consecuencia, se ordena la continuación de la causa en el mismo estado en que se encontraba para dicha fecha. Pronunciamiento que emite este Tribunal con motivo del recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2005, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y.....