En el sub examine, este Juzgado Superior observa que el desistimiento del recurso de casación y de la composición voluntaria aparecen suscritos por el abogado en ejercicio JOEL ALBORNOZ en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ciudadanos LUIS RODRIGUEZ MEDINA, OLGA RODRIGUEZ MEDINA, CARLOS RODRIGUEZ MEDINA y FERNAN RODRIGUEZ MEDINA, herederos de FERNAN RODRIGUEZ GIL (†), y el segundo en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadanas LISELOTTE MARIA GARCIA de SOTO y EVELYN LUCILA GARCIA de LOPEZ, y se evidencia de sustitución de poderes judiciales realizada en autos en fecha 8.5.2013, que se trata de dos (2) instrumentos públicos sustituidos, el primero de los cuales fue autenticado por los tres (3) primeros herederos mencionados ante la Notaría Pública Décima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital el 4.6.2006, bajo el No. 42, Tomo 37 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría, y el segundo fue autenticado por los dos (.....