III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes explanados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 26 de septiembre de 2006, por el abogado LEOPOLDO MICETT, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil CONDOMINIOS CHACAO, C.A., contra el auto dictado el 20 de septiembre de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la admisión de la demanda de cobro de bolívares intentada por la prenombrada sociedad mercantil, contra los ciudadanos EMILILO FLORES PERDOMO, TITO GUILLERMO VERA RUIZ, GIUSEPPE ORLANDO CARUSO, ADELAIDA LÓPEZ de O.....