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Decisiones del dia 31/07/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 6] Página 1 de 1
N° Expediente : AP71-R-2014-000513 N° Sentencia : Fecha: 31/07/2014
Procedimiento:
Divorcio Contencioso
Partes:
JENNY GARCÍA SANTAMARÍA CONTRA OSCAR FORERO GARCÍA
Resumen:
Finalmente, resulta imperioso para este sentenciador indicar que la decisión pronunciada por el juez a quo en fecha 11 de febrero de 2014, no se encuentra ajustada a derecho puesto que, no emitió pronunciamiento en relación a las diversas y reiteradas peticiones del apoderado judicial de la parte actora, a los fines que probare si realmente se configuraba o no la causa extraña no imputable invocada en el acta en el cual se dejó constancia la celebración del primer acto conciliatorio, en contravención a principios rectores que regulan no solo el derecho a la defensa y el debido proceso, sino el objetivo que tienen los jueces de la Republica Bolivariana de Venezuela que no es más que la búsqueda de la verdad en los limites de su oficio. Así se establece. Por las razones expuestas, este Juzgado Superior declara ha lugar el recurso apelación ejercido por la parte actora y deba revocarse la sentencia dictada por el tribunal a quo de fecha 13 de febrero de 2014, y así se resolverá de ma.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-X-2014-000134 N° Sentencia : Fecha: 31/07/2014
Procedimiento:
Inhibición
Partes:
DR. LUÍS TOMAS LEÓN, EN SU CONDICIÓN DE JUEZ DEL JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Resumen:
En atención a lo narrado y dadas las circunstancias fácticas preindicadas, en opinión de este Juzgador no hay duda de la incompetencia subjetiva manifiesta que presenta el Dr. LUÍS TOMAS SANDOVAL en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer y decidir el juicio por ejecución de hipoteca que generó esta incidencia, por lo tanto, la presente inhibición debe prosperar en derecho, por lo que este Tribunal debe declarar con lugar la inhibición planteada, y en consecuencia, resulta inoficioso analizar la recusación planteada por el abogado Ronald Puente, y así se hará en forma expresa, positiva y precisa en la parte in fine del presente fallo. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2014-000631 N° Sentencia : Fecha: 31/07/2014
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
GUAICAY INDUSTRIAL 7, C.A., SOCIEDAD MERCANTIL CONTRA LAS SOCIEDADES MERCANTILES PROYECTOS EFYS, C.A.,
Resumen:
En virtud de lo anterior, resulta indudable que el interesado en el decreto de la medida tiene la carga de proporcionar al Tribunal las razones de hecho y de derecho en los cuales sustenta su solicitud, así como los medios probatorios sobre los cuales va a fundar su pedimento, quedando el sentenciador impedido de suplir la carga de la parte de exponer y acreditar sus argumentos. En consecuencia, si faltan esos elementos de convicción, debe imponerse el rechazo de la petición cautelar, por ausencia de los requisitos de procedencia exigidos en el referido artículo 585 del Código de Procedimiento Civil. Según todo lo narrado, sin obviar que el juez puede ordenar la ampliación de la prueba en caso de considerarlas insuficientes, se determina que el auto recurrido debe confirmarse, dado que no se acreditan los requisitos concurrentes que exigen los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil para el decreto de las medidas solicitadas, motivo por el cual no puede prosperar en de.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2014-000022 N° Sentencia : Fecha: 31/07/2014
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
FATIMA CECILIA FERREIRA MARTINEZ CONTRA JULY DEL VALLE CORDERO BARRETO
Resumen:
De la trascripción de ambas normas, se constata que el artículo invocado por la apelante es consecuencia del artículo 532 eiusdem. Es por ello, que para que pueda surgir la incidencia que alega la parte demandada, es necesario que surjan reclamaciones por indebida sustanciación el tramite de ejecución en cumplimiento de las obligaciones decretadas en el fallo, o la intervención de un tercero, mas no de traer elementos nuevos y los cuales han debidos ser oportunamente alegados y debatidos en iter procesal. Con base en los razonamientos expuestos y en los criterios jurisprudenciales ut supra referidos al caso bajo análisis, este Juzgado considera que el auto apelado se encuentra apegado a la normativa procedimental invocaba por el ad quem, motivo por el cual no puede prosperar en derecho la apelación ejercida por la parte demandada. Y ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2014-000126 N° Sentencia : Fecha: 31/07/2014
Procedimiento:
Tacha Por Vía Incidental
Partes:
GLADYS MAGDALENA ROJAS DE IZQUIERDO CONTRA FUNDACIÓN DR. JOSÉ ROJAS CONTRERAS
Resumen:
En el sub examine, observa este Juzgado Superior que ciertamente el representante judicial de la parte demandada, mediante escrito de contestación a la demanda que aparece fechado 22 de mayo de 2013 (folios 5 al 19), tachó por vía incidental el instrumento autenticado en fecha 6 de julio de 2010 ante la Notaría Pública Trigésima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 18, Tomo 82, lo cual procede ex artículos 439 y 443 del Código de Procedimiento Civil, evidenciándose de estas actas que esa representación mediante escrito de fecha 30 de mayo de 2013, formalizó la tacha in comento (folios 55 al 57). Siendo ello así, y por computo realizado por la secretaria del tribunal de causa (f. 82) ha quedado evidenciado en opinión de esta Superioridad que la parte demandada formalizó la tacha en el quinto (5to.) día de despacho siguiente a su proposición (22-5-2013), por lo que dicha formalización fue impetrada en el término que prevee el artículo 440 eiusdem, lo que la .....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2014-000413 N° Sentencia : Fecha: 31/07/2014
Procedimiento:
Aclaratoria De Sentencia
Partes:
JOCELYN TORRES
Resumen:
Por todo lo antes explanado y haciendo suyo el criterio jurisprudencial citado, resulta forzoso en el sub iudice revocar el fallo dictado por el tribunal en fecha 30 de junio de 2014 y reponer la presente incidencia al estado de volver a sustanciar la misma, fijando oportunidad por auto separado para la presentación de informes, una vez que conste en autos la notificación de las partes, y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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