Este Juzgado HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN presentada en fecha 26 de abril de 2018, por los abogados LEOPOLDO MICETT CABELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.637.249, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 50.974, actuando en representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES SULBEN 18 C.A., parte demandante, y por otra parte, el abogado MARTÍN MANZANILLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-3.532.731, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 32.478, quien actúa como representante judicial del ciudadano MOHAMED DANHAN, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V-24.699.330, respectivamente, parte demandada, a los fines de dar por concluido el presente juicio por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, en los mismos términos y condiciones acordados por las partes.