Primero: CON LUGAR la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los abogados JOSÉ SALCEDO VIVAS, MARTIN ANTONIO MANZANILLA, DAVID BITTAN OBADIA y JOHANA SALCEDO MALDONADO, actuando como apoderados judiciales de la Sucesión de la ciudadana EMELY DE WAICH, ciudadanos YECHUA SALVADOR, ISSAC, HUMBERTO LEVY, ISRAEL FREDY, HENRRY EDUARDO y JOSEPH AHOLEAB, todos WAICH TOLEDANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.530.660, V-1.557.230, V- 2.889.603, V-3.178.989, V.356.132 y V-4.356.133, respectivamente, contra la sentencia de fecha 23 de marzo de 2006, emitida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Segundo: A consecuencia de lo anterior, se declara NULA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia .....