este tribunal ordena practicar la notificación de la parte demandada, sociedad mercantil LICORERIA PRADOS LICOR C.A., debidamente inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 06 de febrero de 2007, bajo el Nº 16, tomo 19-A-Sdo y/ o en la persona de sus apoderados judiciales, MIREYA HIDALGO PEÑA y OCTAVIO ANDRES QUIJADA HIDALGO, abogados en ejercicios e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 129.886 Y 221.029 , respectivamente, la cual se verificará mediante boleta remitida por correo certificado con aviso de recibo del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL) , haciéndole saber que esta alzada procedió en fecha 18 de octubre de 2016 a dictar sentencia en la presente causa, y que una vez conste en autos la notificación ordenada, comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 312 del Códi.....