Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR apelación interpuesta por el abogado Enrique Parra Paradisi, contra la sentencia de fecha 3 de julio de 2013, dictada con ocasión de la incidencia de fraude procesal incoada por el ciudadano Giancarlo Nepi Latuf en su condición de tercero interviniente, en consecuencia se confirma el fallo apelado.
SEGUNDO: CON LUGAR el fraude procesal denunciado por el ciudadano Giancarlo Nepi Latuff, en consecuencia, se declara la nulidad absoluta de todo el procedimiento judicial que por intimación y estimación de honorarios profesionales de abogado incoara el abogado Enrique Parra Paradisi contra la sociedad mercantil Fábrica de Tuercas y Tornillos, C.A. ROVENCA.
TERCERO: De conformidad con lo es.....