PRIMERO: EL PASE DEL EXEQUÁTUR y CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el Territorio Nacional a la sentencia de divorcio dictada en fecha 18 de marzo de 2021 y publicada el 19 de marzo de 2021, por el Tribunal Ordinario Civil Especial de Latina, Italia, alusiva a la disolución del matrimonio celebrado el 16 de junio de 1994, en la República Bolivariana de Venezuela, entre los ciudadanos ANGELO MARIO ZAZZARINO IRACI y GLACMER MARELIZ RODRÍGUEZ DE ZAZZARINO, deriva que efectivamente fue disuelto el vínculo matrimonial que unía a dichos ciudadanos ANGELO MARIO ZAZZARINO IRACI y GLACMER MARELIZ RODRIGUEZ DE ZAZZARINO, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 6.449.810 y V- 6.296.344, por ante la Prefectura del municipio Baruta del estado Miranda, según consta en acta de matrimonio Nº 65 de los libros de matrimonio de dicha Prefectura.