este tribunal ordena practicar la notificación de la parte demandada, sociedad mercantil LICORERIA PRADOS LICOR C.A., debidamente inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 06 de febrero de 2007, bajo el Nº 16, tomo 19-A-Sdo y a la sociedad mercantil DELIQUESOS CAR 013, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 14 de mayo de 2013, bajo el Nº 20, Tomo 66-A-VII y/ o en la persona de sus apoderados judiciales, MIREYA HIDALGO PEÑA y OCTAVIO ANDRES QUIJADA HIDALGO, abogados en ejercicios e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 129.886 Y 221.029, la cual verificara mediante boleta de notificación dejada por el Alguacil del tribunal en el domicilio de la demandada.