esta alzada debe declara forzosamente SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora Pedro Antonio Sangrona Orta contra la Sentencia dictada en fecha 20 de abril de 2018, dictada por el Juzgado Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, cuya motivación será esgrimida en el extenso del presente fallo, dictada en el juicio que por DESALOJO DE VIVIENDA fue incoado contra la ciudadana MARIA ANTONIETA BORROCA DA SILVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número V-5.594.939, y así se decide.