declara CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por los abogados MARICRUZ LOAIZA CANO y MIGUEL ANGEL GOVEA BERNARDONI, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil ZULIA ELECTRÓNICA, y del ciudadano ANTONIO BRITO ALMENARA, parte demandada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue en su contra LA COMPAÑÍA ANONIMA ERICSSON, en contra del auto de fecha 27 de marzo de 2006 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ordenándole al Tribunal antes mencionado oír la apelación interpuesta el 02 de marzo de 2006, por los abogados LUIS GUILLERMO GOVEA y MARICRUZ LOAYZA CANO, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil ZULIA ELECTRÓNICA, y del ciudadano ANTONIO BRITO ALMENARA.-