1) Con lugar las apelaciones ejercidas por la abogada Anny C. Pino Virla, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MARTINIQUE C.A., por una parte y, por la otra el abogado Neil Alberto Cubillán Finoll, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PROMOTORA INMOBILIARIA CAMPO SOL C.A., en contra del auto proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, de fecha 06 de febrero de 2006.
2) Se repone la causa al estado que el aquo se pronuncie sobre la tercería propuesta, en consecuencia, se declaran nulos todos los actos posteriores a la presentación de la tercería propuesta.
3) Se anula la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 6 de febrero de 2006.
4) En virtud de la naturaleza del caso, no .....