declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Homer Alexander Rodríguez, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano Diego Ramírez, contra la sentencia de fecha 03 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que se declara CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la representación judicial de la parte demandada de la sociedad mercantil La Oriental de Seguros, C.A., basada en el ordinal 10º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se desecha la presente demanda y se declara extinguido el presente proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 356 eiusdem.
Queda así ratificada la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 03 de mayo de 2005.
Dada la n.....