PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAMÓN BURGOS, Venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.096.393, inscrito en el Colegio de Abogados de Caracas, Distrito Capital y en si Instituto de Previsión Social bajo el N° 6019, quien actúa en su propio nombre, y en consecuencia REVOCA la decisión de fecha quince (15) de noviembre de dos mil trece (2013), dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, en virtud del especial procedimiento en el que se debe decidir el presente juicio, incoado por el abogado RAMÓN BURGOS en razón de la actio mandati que le fuera conferida por su poderdante ARMANDO JOSÉ VILLASANA DONAIRE.