CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la actora, contra la sentencia interlocutoria proferida por el Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circusncripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 6 de junio de 2015, que declaró inadmisible la presente demanda. En consecuencia se revoca el mencionado fallo.