PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado JESUS SILVA HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.549, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante SILVERIOS BARBERIA COIFFEUR, contra de la decisión de fecha 18 de noviembre de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: INADMISIBLE la Solicitud de Protección Constitucional, intentada por la sociedad SILVERIOS BARBERIA COIFFEUR, C.A., representado por el abogado JESUS AUGUSTO SILVA HERNANDEZ plenamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica de Amparo sobre De.....